Al rebasar a un usuario vulnerable, el operador de un vehículo automotor deberá hacerlo a una distancia segura de no menos de 4 pies y a una velocidad razonable y adecuada. Foto: El Planeta.
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Los conductores de Massachusetts deben tener más en cuenta a los usuarios “vulnerables” de la vía pública, como peatones, ciclistas, autobuses escolares, animales entre otros, en virtud de una nueva ley estatal que entró en vigor recientemente.

La ley, firmada a principios de este año, establece límites en cuanto al espacio que los conductores deben dejar a otras personas con las que comparten las vías.

La ley establece en específicamente en la sección 14, que toda persona que conduzca un vehículo de motor deberá detener inmediatamente el vehículo cuando se aproxime a animal de tiro que esté siendo conducido, montado o guiado, como puede ser una vaca, un caballo u otro animal, si dicho animal parece estar asustado y si la persona a cargo del mismo así se lo indica. Si circula en dirección opuesta a la del animal, dicho vehículo deberá permanecer parado el tiempo que sea razonable para permitir que dicho animal pase; o, si circula en la misma dirección, la persona que lo conduzca deberá actuar con precaución razonable para rebasar posteriormente a dicho animal.

Al rebasar a un usuario vulnerable, el operador de un vehículo automotor deberá hacerlo a una distancia segura de no menos de 4 pies y a una velocidad razonable y adecuada.

Lo mismo aplica cuando se aproxime a un vehículo que muestre una señal con las palabras “AUTOBÚS ESCOLAR’” y que esté equipado con luces de señalización rojas intermitentes alternantes delanteras y traseras que estén parpadeando, y que se haya detenido para permitir que los alumnos desciendan del mismo o suban a él.

Toda persona que infrinja la frase anterior será castigada con una multa hasta de $250 o entre $500 a $1,000 pudiera ser el monto si la infracción es recurrente, según lo indica la ley en la sección 14.

Cuando un peatón total o parcialmente ciego, guiado por un perro guía; o portando en posición elevada o extendida un bastón blanco con la punta roja; cruce o intente cruzar una vía, el conductor de todo vehículo debe detener su vehículo por completo al acercarse al lugar donde dicho peatón está cruzando o tratando de cruzar, y antes de proseguir, deberá tomar las precauciones que sean necesarias para evitar lesionar a dicho peatón. El que infrinja cualquier disposición de este artículo será sancionado con multa no menor de cien ni mayor de quinientos dólares, según la sección 14A, de la ley.

Para consultar la información en mayor en detalle aquí.

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