Desde que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirmó la eliminación de las atribuciones del Congreso Venezolano, en marzo de 2017, diversas manifestaciones se llevaron a cabo para exigir el restablecimiento del orden constitucional.
Por ello, el 26 de abril de 2017 Juan Carlos Pernalete –un joven de 20 años- se encontraba manifestando en Caracas. Tal y como había sucedido en 2014, el Gobierno de Maduro había respondido a las protestas de 2017 con actos abusivos de represión, caracterizados por el ejercicio desmedido de la fuerza pública, muy en especial por parte de la Guardia Nacional Bolivariana.
Aquel día 26 de abril la Guardia Bolivariana comenzó a reprimir a los manifestantes. Fue así cómo una bomba lacrimógena impactó en el pecho de Pernalete ocasionándole la muerte, como acreditó la investigación que comenzó a iniciar la Fiscalía General de la República.
No se trató de un caso aislado. Como resume el Informe presentado en agosto de 2017 por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la represión iniciada en 2017 fue parte de un plan sistemático que mediante el uso de fuerza excesiva no solo reprimió las manifestaciones, sino que además, promovió la disidencia e infundió temor. El saldo final fueron más de cinco mil detenciones arbitrarias, miles de heridos, más de cien asesinatos, y la consolidación de un régimen autocrático en Venezuela.
Sin embargo, el Poder Judicial no llevó a cabo investigaciones independientes. Especialmente desde 2004, el Gobierno de Chávez comenzó a intervenir políticamente en el Poder Judicial para minar su autonomía. Por ello, el sistema de justicia venezolano no permitió conducir investigaciones objetivas sobre las sistemáticas violaciones a derechos humanos cometidas en el marco de las protestas.
Sorpresivamente la Fiscal General de la República Luisa Ortega Díaz optó por iniciar investigaciones sobre estas violaciones de derechos humanos, como sucedió con el caso de Pernalete. De inmediato el Gobierno de Maduro reaccionó, primero con amenazas y luego con la ilegítima remoción de la Fiscal, por parte de la fraudulenta asamblea nacional constituyente que bajo el control de Maduro se había instalado en Venezuela en julio. Con la destitución de la Fiscal Ortega, se cerró la única vía institucional que en Venezuela podía impartir justicia.
La impunidad –resultado de la corrupción del sistema de justicia en Venezuela- favorece la violación de derechos humanos, pues en ausencia de controles efectivos los funcionarios se sienten más confiados de seguir órdenes violatorias de derechos humanos. En parte, ello puede explicar la intensidad de la represión del 2017: sin controles efectivos, los funcionarios –especialmente de la Guardia Bolivariana- encontraron estímulos para colaborar con la violación de derechos humanos.
Pero esa confianza comenzó a resquebrajarse cuando en febrero de 2018 la Fiscalía Penal de la Corte Penal Internacional anunció el inició de exámenes preliminares para determinar si los hechos sucedidos en 2017 constituyen crímenes de lesa humanidad previstos en el Estatuto de Roma.
Este solo anuncio cambió el panorama en Venezuela. Ahora, los funcionarios conocen que los abusos en los cuales pudieron haber participado podrán ser investigados bajo el sistema de la Corte Penal Internacional, un sistema que el Gobierno de Maduro no puede controlar. Ello eleva los costos de la represión, ante las posibles consecuencias que las actuaciones de la Corte pueden tener para esos funcionarios.
Por lo tanto, el anuncio de exámenes preliminares, al elevar los costos de represión, desincentiva nuevas violaciones derechos humanos en Venezuela, todo lo cual puede contribuir a iniciar un proceso de democratización en Venezuela, en la medida que la represión no pueda ser usada para detener tal proceso.
Pero para lograr ese objetivo es necesario que los riesgos derivados de la Corte Penal Internacional sean más específicos. Algo que puede contribuir a ello es que la Fiscalía pase a la siguiente fase, o sea, el inicio de investigaciones formales. No obstante, de acuerdo con el Estatuto, ello podría tardar meses –e incluso años.
Hay una alternativa. De acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de Roma cualquier Estado parte puede remitir el caso de Venezuela a la Fiscalía, lo que aceleraría el inicio de la fase de investigación. Para esos fines, cualquier Estado parte puede fundamentarse en las pruebas que permiten evidenciar, cuando menos, la presunta comisión de delitos tipificados en el Estatuto de Roma. Además del citado informe del Oficina del Alto Comisionado, sin duda será relevante el informe final que se presentará como consecuencia de las investigaciones adelantadas por la Organización de Estados Unidos desde el 2017.
Al remitir el caso de Venezuela ante la Corte Penal Internacional, los Estados partes del Estatuto de Roma estarán haciendo cumplir el principio de “responsabilidad para proteger”, conforme al cual la soberanía estatal implica el deber de intervenir en graves violaciones a derechos humanos, como es el caso de las violaciones cometidas en Venezuela en 2017, así como las violaciones a derechos humanos derivadas de la crisis humanitaria compleja por la que atraviesa el país.
Precisamente, este 20 de mayo de 2018 diversas organizaciones han promovido la recolección de firmas para solicitar a los Estados parte del Estatuto de Roma que remitan el caso de Venezuela ante la Corte Penal Internacional.
La remisión del caso de Venezuela ante la Corte Penal Internacional no solo puede crear incentivos a favor del inicio del proceso de democratización en ese país, sino que además, puede colaborar a construir una sociedad pacífica centrada en los derechos humanos, condición indispensable para superar la grave crisis por la que atraviesa el país.