Por Kentia Torres
Especialista en Relaciones Publicas del Seguro Social en Roxbury, MA
Este invierno, los sabios tomarán ventaja de los meses dentro de casa para prepararse para la temporada de contribuciones federales en primavera. No importa si es dueño de su negocio, jubilado o recientemente se convirtió en padre, a continuación encontrará algunas recomendaciones que le pueden ayudar.
¿Son tributables los beneficios de Seguro Social?
Sí, aunque solo para algunas personas. Cerca de un tercio de los beneficiarios de Seguro Social deben pagar contribuciones federales de sus beneficios, dependiendo de la cantidad de sus ingresos.
¿Recibiré un formulario que muestre la cantidad de mis beneficios de Seguro Social?
Sí. Los beneficiarios deben recibir el formulario SSA-1099 para el año 2013 a no más tardar del 31 de enero de 2014. Si no recibe el formulario para finales de enero, puede solicitarlo en www.segurosocial.gov/1099 (solo disponible en inglés).
Tuve un bebé en el 2013, ¿Mi bebé necesitará un número de Seguro Social?
Sí. La mayoría de las personas solicita el número de Seguro Social para su bebé a la vez que solicitan la partida de nacimiento en el hospital. De lo contrario, tendrá que solicitar un número de Seguro Social antes de presentar su declaración de contriciones federal para poder reclamar a su bebé como dependiente. También, necesitará el número de Seguro Social si tiene que solicitar beneficios gubernamentales para su familia o para su bebé.
Cambié mi apellido cuando me casé el año pasado. ¿Necesito reportarlo al Seguro Social?
Sí. Si cambió su nombre legal porque se casó, se divorció, por orden judicial o por alguna otra razón, asegúrese de informárselo al Seguro Social y a su empleador. De no hacer ambos cambios, sus ingresos podrían registrarse incorrectamente y resultar en pérdida de beneficios cuando los solicite ante el Seguro Social. El no cambiar su nombre en nuestros expedientes podría resultar en demoras de su rembolso de contribuciones federales.
Soy dueño de mi propio negocio. ¿Puedo reportar los formularios W-2 de mis empleados electrónicamente?
Sí, puede hacerlo en www.segurosocial.gov/bso. Las instrucciones para llenar los formularios W-2 están disponibles en español, pero los formularios como tal sólo están disponible en inglés.
Llenar los formularios W-2 electrónicamente es gratis, rápido y seguro, y además recibe un mes adicional para presentarlo, ya que tienen fecha límite del 31 de marzo. Además, recibirá un recibo electrónico. Cuando presente sus formularios por internet, simultáneamente puede imprimir las W-2 de sus empleados. Infórmese mejor en visitando nuestra página de Internet www.segurosocial.gov/espanol/bso/bso-bienvenido.htm.
¿Ofrece el Seguro Social alguna recomendación para aquellas personas que presentan sus declaraciones de impuestos?
Sí. Revise cuidadosamente: su nombre, número de Seguro Social y toda la información en su W-2; su “Social Security Statement†(estado de cuenta de Seguro Social※solo disponible en inglés) y su tarjeta de Seguro Social para confirmar que la información concuerda. Si no tiene su tarjeta o su estado de cuenta pero sabe su número, asegúrese que la información de su W-2 está correcta. Si la información no concuerda, podría resultar en retrasos en su rembolso de contribuciones y causar problemas con sus beneficios de Seguro Social. Estos errores son mucho más fáciles de corregir a tiempo. Si encuentra errores, llame gratis al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778). Si la información en su W-2 está incorrecta, notifique a su empleador.
Para más información, visite www.segurosocial.gov.