ir al contenido

Detalles de la demanda por incumplimiento de contrato que CITGO interpuso contra José Manuel González Testino

Ante el Tribunal del Distrito Sur de Texas, CITGO Petroleum Corporation demandó por incumplimiento de contrato, fraude y violación a la ley RICO, a José Manuel González Testino y a la empresa Petroleum Logistics Service Corp.

La acción tuvo lugar el pasado 26 de mayo de 2020, cuando la representación legal de la filial de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), a cargo de la firma Willkie Farr & Gallagher LLP, solicitaron a la Corte declarar que los demandados son responsables de los delitos antes descritos y, por tanto, se otorgue a la demandante la compensación por daños más intereses por el incumplimiento de contrato, daños triples por las violaciones legislativas a RICO, así como también daños punitivos por el caso de fraude, cuyo monto debe establecerse en el juicio. Asimismo, la defensa exige que los acusados corran con los gastos, costos y honorarios de abogados en que incurra CITGO en el desarrollo de la acción.

Naturaleza de la demanda

Se expone en la demanda que el incumplimiento de contrato, fraude y la violación a la Ley RICO ocurrió cuando González Testino, su empresa y otras entidades bajo su control, incurrieron en el pago de sobornos y otros actos criminales.

Los demandantes refieren que el 5 de marzo de 2014, CITGO Petroleum Corporation celebró un Acuerdo de Contrato de Servicios con Petroleum Logistics Service Corp., que establecía que esta última (PLS), proporcionaría servicios de adquisición y logística para facilitar la venta y el transporte de equipos, bienes y/o materiales para Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), para lo cual se comprometió a cumplir con todos parámetros legales aplicables. PLS se comprometió a no hacer ningún pago, dar obsequios o entregar favores a los empleados de CITGO o sus familias y revelaría inmediatamente a la petrolera venezolana, la existencia de cualquier propiedad común entre PLS y cualquier proveedor o proveedor de servicios a través del cual PLS realizara sus servicios de adquisición y/o logística.

Se indica que entre 2014 y 2018, CITGO realizó muchas transacciones en las que PLS sirvió como proveedor de adquisiciones y logística, trabajos por los cuales, a PLS se le pagó una comisión del 5,75 por ciento del precio total de compra de los bienes, equipos o materiales, así como el reembolso de los gastos y/o costos, incluidos los costos de los subcontratistas de PLS que manejan los servicios de envío y transporte.

Lee también: Especial | El Salvador: Respuesta al COVID-19 profundiza las grietas entre Ejecutivo y Legislativo

A principios de 2012, González Testino conspiró para enriquecerse al obtener y retener indebidamente contratos lucrativos con CITGO por medios corruptos y fraudulentos, incluido el pago de sobornos a empleados de la subsidiaria de PDVSA, quienes, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de los Estados Unidos (FCPA), vendrían a ser los “funcionarios extranjeros”. Tales acciones implicaban el pago de sobornos para (1) inducir a CITGO a celebrar el Acuerdo con PLS, y (2) para inducir a CITGO a usar PLS en transacciones de adquisición particulares realizadas bajo los términos de ese Acuerdo.

Tal conducta, constituyó una violación de las disposiciones antisoborno de la FCPA y, por lo tanto, una violación de la ley de los Estados Unidos.

La demanda informa que el 31 de julio de 2018, José Manuel González Testino fue arrestado en el Aeropuerto Internacional de Miami por cargos de conspiración para violar la FCPA y por violar las disposiciones antisoborno de la referida ley, cargos de los que se declaró culpable el 29 de mayo de 2019.

González Testino confesó que sobornó a cinco empleados de CITGO y, además, que tales pagos se llevaron a cabo con el objetivo de que las empresas del demandado ganaran contratos de PDVSA para suministrar equipos y servicios, incluidos los servicios de logística.

González Testino ejercía el control sobre PLS, al figurar como propietario indirecto, una relación que este no reveló a CITGO. Además, PLS proporcionó información falsa y engañosa a CITGO en un intento de ocultar su conexión con el demandado.

José Manuel González Testino y Petroleum Logistics Service Corp. pagaron sobornos a los empleados de CITGO, en violación de las leyes de EE. UU. y las políticas de filial petrolera de PDVSA en Estados Unidos, esto con el objetivo de garantizar el Acuerdo entre CITGO y PLS, de ganar contratos para la compra de bienes y/o servicios en virtud del Acuerdo, incluida la compra de bienes y/o servicios con sobreprecios.

González Testino ejerció el control y actuó como propietario indirecto de múltiples entidades que PLS utilizó para proporcionar servicios de adquisición y logística en virtud del Acuerdo, por lo que esta última incumplió las leyes aplicables cuando pagó sobornos y distribuyó obsequios y favores a los empleados de CITGO. Igualmente, al no revelar la propiedad común de PLS y otras entidades, controladas indirectamente por González Testino, a través de las cuales PLS brindó sus servicios en violación de los términos del Acuerdo.

Estas acciones lesionaron a CITGO por el incumplimiento del Acuerdo por parte de PLS, al haber pagado sobreprecios por los bienes y servicios proporcionados por los proveedores y los subcontratistas de PLS que brindan servicios de envío y transporte. Además, CITGO pagó a PLS una comisión del 5,75 por ciento de estos sobreprecios, lo que le acarreó pérdidas por millones de dólares.

La demanda indica que PLS se comprometió explícitamente en el Acuerdo a indemnizar a CITGO por cualquier incumplimiento del mismo, lo que incluye gastos, costos judiciales y honorarios de abogados asociados.

El demandante, por tanto, acude a la corte para recuperar los honorarios que ya ha pagado a los demandados, liberar a CITGO de cualquier pago adicional en virtud del Acuerdo y obtener cualquier otro daño compensatorio por un monto que se determine en el juicio, así como todos gastos, costas judiciales y honorarios de abogados asociados derivados de esta acción.

Las partes

En la demanda se identifica a las partes como CITGO, una empresa registrada en Delaware, con domicilio en 1293 Eldridge Parkway, Houston, TX 77077. Y que es subsidiaria de CITGO Holding Inc., a su vez subsidiaria de propiedad total de PDV Holding, Inc., que a su vez es una subsidiaria de propiedad total de PDVSA, corporación petrolera estatal de la República Bolivariana de Venezuela.

Entretanto, PLS fue constituida en Panamá, siendo su dirección principal el 1519 NW 82nd Ave, Miami, FL 33126. Se encarga de administrar compras internacionales a través de un equipo especializado que busca los productos adecuados de acuerdo con las necesidades y requerimientos de sus clientes.

Por su parte, José Manuel González Testino es un ciudadano venezolano-estadounidense, residente de Miami, Florida y que controla a PLS, sobre la cual actúa como su propietario indirecto. Se cree que ha tenido contactos regulares, que ha pagado sobornos, ha dado regalos y hace favores a los empleados de CITGO en nombre de PLS.

Los hechos

Se expone en la demanda que el 5 de marzo de 2014, CITGO y PLS celebraron el Acuerdo que estableció que la segunda proporcionaría servicios de adquisición y logística para facilitar la venta y transporte de equipos, bienes y/o materiales a la empresa matriz de CITGO, PDVSA.

CITGO proporcionaría detalles sobre las especificidades de sus requerimientos y PLS los adquiriría y entregaría de conformidad con los términos del Acuerdo.

CITGO coordinaría las compras en nombre de PDVSA a través Departamento de Proyectos Especiales y el Departamento de Adquisiciones de Accionistas, cuyos empleados estuvieron en todo momento sujetos a las políticas corporativas que prohibían la recepción de sobornos u otros beneficios indebidos.

De 2014 a 2018, CITGO realizó numerosas transacciones para adquirir bienes y servicios en nombre de PDVSA, para lo cual utilizó a PLS como proveedor de adquisiciones y logística, servicios por los cuales pagó más de USD 20 millones.

Luego del arresto de González Testino el 31 de julio de 2018, CITGO detuvo todas las transacciones con PLS y le solicitó a esta información acerca de la relación entre este y PLS. Las respuestas de PLS a CITGO fueron falsas o engaños, con el objetivo de mantener oculta la relación existente entre los demandados, siendo que tiempo después, la filial de PDVSA en EE. UU. se enteró de que González Testino ejercía control sobre PLS, al actuar como su propietario indirecto.

Al declararse culpable, el 29 de mayo de 2019, González Testino admitió los cargos de conspiración para violar la FCPA, las disposiciones antisoborno y no presentar un informe de cuenta bancaria extranjera.

Cinco empleados habrían recibidos sobornos de González, y de estos, cuatro, identificados como oficiales y las letras de la A a la D, estuvieron involucrados en la investigación de proveedores para paneles de ofertas de CITGO y en la evaluación de cotizaciones para adquisiciones de PDVSA o en la supervisión de los empleados del Departamento de Proyectos Especiales que lo hicieron. El quinto empleado era un alto ejecutivo de CITGO, designado como Oficial E.

El demandado explicó que el propósito de su conspiración era enriquecerse obteniendo y reteniendo contratos lucrativos y otras ventajas comerciales con PDVSA y CITGO, por medios corruptos y fraudulentos, incluido el pago de sobornos a los empleados de la filial en el Estados Unidos.

Los sobornos

Los sobornos estaban destinados a «ayudar a [] las empresas de González a ganar contratos de PDVSA para suministrar equipos y servicios, incluidos los servicios de logística».

Así tenemos que el 1º de agosto de 2017, González Testino y sus co-conspiradores pagaron un soborno de USD 57.472.11 al Oficial A, los cuales se enviaron a una cuenta en Suiza.

Alrededor de 2014, el demandado pagó USD 400.000 al Oficial B a cambio de su asistencia para ganar un contrato de PDVSA.

El 7 de septiembre de 2017, González Testino y sus co-conspiradores pagaron un soborno de USD 22.600 al «Oficial C», los cuales se depositaron en una cuenta bancaria de Houston a nombre de un pariente de dicho Oficial C.

El 28 de julio de 2017, José Manuel González Testino y sus co-conspiradores pagaron un de USD 30.575 al «Oficial D», los cuales se enviaron a una cuenta bancaria de Houston a nombre de un pariente del sobornado.

Mientras el «Oficial E» estuvo al mando en CITGO, González Testino le regaló obras de arte originales, al menos un vuelo en un jet privado fletado por él y, cuando este expresó su descontento, organizó la compra de un departamento de elección de «Oficial E» en Houston.

Se estima que los demandados pagaron sobornos, incluido efectivo, el uso de residencias gratis o con tarifas inferiores al mercado, entretenimiento y obsequios, tales como teléfonos celulares, relojes y joyas, a los empleados de CITGO para inducir la firma del Acuerdo.

Además, los demandados también pagaron sobornos a los empleados de CITGO hasta al menos 2018, con el objeto de ayudar a PLS a asegurar las transacciones de adquisición y logística bajo el Acuerdo. También pagaron sobornos a los empleados de CITGO para que PLS suministrara bienes y servicios con sobreprecio, los cuales provenían de otras entidades ligadas a González Testino.

Las violaciones a las normas

Con el fin de obtener el Acuerdo y las transacciones de adquisiciones que este implicaba, los demandados manipularon el proceso de adjudicación de contratos y compras a través del pago de sobornos a empleados de CITGO.

Se violó espacialmente la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de los Estados Unidos (FCPA), con los pagos de los sobornos y al “dar algo de valor, ya sea directa o indirectamente, a un funcionario de un gobierno o partido político extranjero con el propósito de influir en un acto o decisión en su capacidad oficial o inducir al funcionario a usar la influencia de su partido con ese gobierno, para obtener o retener negocios relacionados con los productos”.

La empresa administrada por González Testino, buscó enriquecer a este último mediante la obtención y retención de contratos lucrativos y otras ventajas comerciales para múltiples entidades bajo su control y de su propiedad indirecta, incluyendo PLS. Como parte de esta empresa, González Testino y PLS buscaron intencionalmente dichos contratos de CITGO y su corporación matriz, PDVSA, a través de medios corruptos y fraudulentos, incluido el pago de sobornos a ejecutivos y empleados de CITGO en violación de las disposiciones antisoborno de la FCPA.

Los demandados provocaron intencionalmente el uso de los medios e instrumentos del comercio interestatal para el fomento de la empresa.

PLS envió numerosos correos electrónicos a través de instrumentos de comercio interestatal para promover estas transacciones con CITGO:

-El 21 de diciembre de 2013, Rubén González, entonces Director de Operaciones en PLS, le envió un correo electrónico a CITGO con una propuesta para el uso de PLS como proveedor de adquisiciones y logística.

-El 18 de febrero de 2014, Rubén González envió por correo electrónico las instrucciones de cableado de CITGO para PLS.

-El 6 de marzo de 2014, Rubén González le envió por correo electrónico a CITGO una copia escaneada del Acuerdo completamente ejecutado.

-El 18 de junio de 2015, Javier Aurrecoechea, entonces Director de Logística en PLS, envió un correo electrónico a CITGO para negociar un cambio especial en el porcentaje de comisión para una transacción específica bajo el Acuerdo.

-El 4 de enero de 2016, Aurrecoechea envió un correo electrónico a CITGO sobre el uso potencial de CITGO de los servicios de inspección de PLS.

-El 8 de mayo de 2017, Héctor Sarcos, entonces Gerente de Operaciones de PLS, envió un correo electrónico a CITGO sobre las cotizaciones de precios para el envío aéreo relacionado con una transacción de adquisición.

-El 20 de julio de 2018, José Humberto Lozada, que trabajaba en la función de finanzas en PLS, envió un correo electrónico a CITGO sobre el pago de fondos a PLS.

Por otra parte, se refiere que González Testino y PLS también participaron en viajes interestatales para promover esta empresa:

-Viaje de Aurrecoechea a Houston, Texas, el 9 de abril de 2015, para reunirse con empleados de CITGO y discutir información sobre las operaciones de PLS y el posible uso de PLS como proveedor de compras y logística en las futuras transacciones de compras de CITGO.

-Viaje por Aurrecoechea a Houston, Texas, el 13 de agosto de 2015, para reunirse con empleados de CITGO y discutir las operaciones adicionales de PLS y el uso potencial de PLS como proveedor de compras y logística en las futuras transacciones de compras de CITGO.

-Viaje de González Testino a Houston, Texas a mediados de julio de 2018 para reunirse con un empleado de CITGO y discutir la destrucción de evidencia relacionada con el esquema de soborno.

-Viaje de González Testino a Houston, Texas, el 27 de julio de 2018, para reunirse con un empleado de CITGO y discutir una posible investigación federal sobre el esquema de soborno y la salida prevista de González Testino a Venezuela.

González Testino y PLS pagaron sobornos a funcionarios extranjeros, incluidos los empleados de PDVSA y CITGO, al menos desde 2012 hasta julio de 2018 para que PLS y otras compañías controladas indirectamente por el primero, obtuvieran los negocios.

-Desde el 27 de noviembre de 2012 hasta el 3 de junio de 2013, González Testino y sus coconspiradores hicieron once pagos de sobornos por un total de USD 629.000 a César David Rincon Godoy, un ciudadano venezolano empleado de PDVSA y sus subsidiarias, a cambio de su asistencia con los contratos de PDVSA. Estos pagos se transfirieron desde cuentas bancarias suizas a nombre de entidades controladas por González Testino a una cuenta bancaria en el Distrito Sur de Texas a nombre de una empresa propiedad de uno de los parientes de Rincón y a una cuenta bancaria en Florida a nombre de una compañía diferente propiedad de uno de los parientes de Rincón.




Foto: cortesía Maibort Petit.


   

Foto: cortesía Maibort Petit.

El 4 de abril de 2013, González Testino hizo que se enviara un pago de soborno por USD 50.000 desde una cuenta bancaria suiza bajo su control a una cuenta bancaria en el Distrito Sur de Texas a nombre de Alfonzo Eliézer Gravina Muñoz, un venezolano-estadounidense, residente de Texas, empleado de PDVSA.

El 23 de abril de 2013, José Manuel González Testino pagó un soborno de USD 50.000 desde una cuenta bancaria suiza bajo su control a una cuenta bancaria en el Distrito Sur de Texas a nombre de Gravina.

En mayo de 2017, González Testino y sus co-conspiradores hicieron arreglos para que un asociado del «Oficial A» viajara a Suiza para abrir una cuenta bancaria a nombre del asociado, a la que González Testino podría transferir los pagos de sobornos.

El 1 de agosto de 2017, González Testino y sus co-conspiradores pagaron un soborno de USD 57.472,11 a una cuenta en Suiza del «Oficial A».

En 2014, González Testino pagó USD 400.000 al «Oficial B» a cambio de su asistencia para ganar un contrato de PDVSA.

El 7 de septiembre de 2017, González Testino y sus co-conspiradores pagaron un soborno de USD 22.600 al «Oficial C», a una cuenta bancaria de Houston a nombre de un pariente de dicho oficial.

El 28 de julio de 2017, González Testino y sus co-conspiradores pagaron un soborno de USD 30.575 al Oficial D desde una cuenta bancaria de Curazao a una cuenta bancaria de Houston a nombre del sobrino de dicho Oficial.

Durante la gestión del «Oficial E» en CITGO, González Testino le regaló obras de arte originales, al menos un vuelo en un avión privado y un apartamento de su elección en el área de Houston.

Las exigencias

Ante todas las violaciones llevadas a cabo por José Manuel González Testino y Petroleum Logistics Service Corp., CITGO Petroleum Corporation pidió a la Corte que los demandados sean declarados responsables por incumplimiento de contrato, fraude y violación de 18 U.S.C. § 1962.

En tal sentido, CITGO estima que debe ser compensada por los daños sufridos por las actuaciones de los demandados más los intereses.

Pide una compensación triple por la violación de la ley RICO por un monto que se establezca en el juicio y se le exima (a CITGO) de tener que pagar los gastos, costos, honorarios de abogados derivados del proceso judicial, los cuales deberán ser cubiertos por los demandados.

Últimas Noticias